En abril del 2009, se firmo con Brasil un tratado, que permitiría la construcción de seis hidroeléctricas en la selva (Inambari (2,000 MW), Sumabeni (1,074 MW), Paquitzapango (2,000 MW), Urubamba (940 MW), Vizcatan (750 MW) y Chuquipampa (800 MW) y, claro, las líneas de trasmisión correspondientes que serían integradas al sistema brasileño, como parte del Plan IIRSA. El presidente Alan García celebró la potencial inversión de US$15 mil millones y su impacto en nuestra economía.
En el bosque que comparten Puno (distritos Ayapata y San Gabán de provincia Carabaya), Madre de Dios (distritos Huepetue en provincia Manu e Inambari en provincia Tambopata) y Cusco (distrito Camanti de provincia Quispicanchis), se proyecta construir una represa en un área de concesión de 1,700 km2. Solo el 25% de la energía generada por megaproyecto de 4.000 millones de dólares se quedaría en el Perú. Esta hidroeléctrica generaría 2.000 megavatios (dos veces más energía de lo que genera la hidroeléctrica del Mantaro, la más grande del país), por lo que utilizaría 26,500 millones de m3 de agua y se ubicaría muy próxima al Parque Nacional Bahuaja Sonene.
Concesionaria para su ejecución: consorcio EGASUR, integrado por las empresas brasileñas OAS (51%), Electrobrás (19.6%) y Furnas (29.4%).
OAS ha sido investigada por el gobierno de Bolivia en la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos. La empresa Furnas fue expulsada de Ecuador por corrupción.
La empresa EGASUR fue constituida el 12 de mayo de 2008 y la concesión le fue otorgada el 12 de junio de 2008, mostrando una clara irregularidad. La empresa contaba con un capital inicial de S/. 10,000, monto insuficiente para asumir una inversión de 4 mil millones, como requiere el proyecto Inambari.
POSIBLES CONSECUENCIAS DE LA CONSTRUCCIÓN
· Quedarían casi 8mil personas distribuidas en 30 localidades que viven en las riberas de los ríos, sobre las tierras que el proyecto estima inundar. Estas poblaciones cuentan con tierras de producción, agropecuaria, pesca, madera y otros productos del bosque. Tendrían que ser reubicadas y hasta ahora EGASUR no dice las condiciones, si serán o no indemnizados y se debe tomar en cuenta que muchas de estas familias ni tienen títulos.
· El embalse ocasionado por la represa, estimado en 41.000 hectáreas requerirá la deforestación de una gran parte de bosques ubicados en la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Bahuaja Sonene (4% del parque será afectado). Y hasta el momento no se han presentado los planes de mitigación que se implementarían para contrarrestar estos daños e nuestra ecología.
· Se podrían generar gases de efecto invernadero (carbono y metano), como consecuencia de la descomposición de los compuestos orgánicos sumergidos por el embalse.
· Se deberá construir un gran dique que detenga las aguas del río Inambari, lo que implicará modificar el cauce del río y remover una gran cantidad de tierra.
· Se afectará la ruta natural de los peces migratorios y reducirán el caudal del río Inambari aguas abajo.
· El Ministerio del Ambiente ha calculado los costos de este impacto en US$200 millones, basado en la captación de carbono por hectárea afectada. Aunque se estima que serían mucho mayor, pues no se está considerando el impacto sobre las áreas de servidumbre que tendrían que otorgarse para las líneas de transmisión eléctrica hasta Brasil de 300 Km, ni la alteración de la biodiversidad.
· 19 centros educativos quedarían bajo las aguas
· Alrededor de 106 km, se inundarían de la carretera interoceánica, algunas ya construidas y otras en plena construcción. Se inundaría el tramo II (con 43, 3km), el tramo III (con 1,3 Km), el tramo IV (con 61,5 km)
· Se corre el mismo riesgo que con el gas de Camisea, pues si no se negocia bien los términos del reparto de la energía no necesariamente se asegura la provisión eléctrica del país. Antes de suscribirse cualquier acuerdo el Ministerio de Energía y Minas debe aclarar cuál es la demanda actual y la estimación de cuánto crecerá en el futuro.
NUEVAMENTE SE VULNERA EL DERECHO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA A LOS PUEBLOS INTERESADOS COMO LO ESTIPULA EL CONVENIO 169 DE LA OIT, RATIFICADO POR EL PERÚ EN 1993 Y VIGENTE DESDE 1995.